Artículo 184 del Código Civil
En las cuestiones a que diere lugar la separación de bienes, como efecto de la de cuerpos, se determinará la competencia del Juez por las reglas del procedimiento civil.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
En las cuestiones a que diere lugar la separación de bienes, como efecto de la de cuerpos, se determinará la competencia del Juez por las reglas del procedimiento civil.
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