Artículo 778 del Código de Comercio
La hipoteca es indivisible. En consecuencia, cada una de las cosas hipotecadas a una deuda, y cada parte de ellas son obligadas al pago de toda la deuda y de cada parte de ella.
CONCORDANCIA TEMATICA: Código Civil de 19/10/1994 artículo 2336.
Texto según IMPO.Ver en IMPO

