Artículo 1559 del Código Civil
Los contratos y obligaciones consiguientes que adolecen del vicio de una nulidad relativa se extinguen por la declaración judicial de esa nulidad.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
Los contratos y obligaciones consiguientes que adolecen del vicio de una nulidad relativa se extinguen por la declaración judicial de esa nulidad.
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