Artículo 1160 del Código Civil
La partición hecha por el difunto no puede ser impugnada por causa de lesión, salvo la excepción del artículo 1123.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
La partición hecha por el difunto no puede ser impugnada por causa de lesión, salvo la excepción del artículo 1123.
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