Artículo 1424 del Código Civil
La condición se llama suspensiva si mientras no se cumple, suspende la adquisición de un derecho.
Podrá repetirse lo que se hubiere pagado antes de cumplirse la condición suspensiva.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
La condición se llama suspensiva si mientras no se cumple, suspende la adquisición de un derecho.
Podrá repetirse lo que se hubiere pagado antes de cumplirse la condición suspensiva.
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