Artículo 299 del Código de Comercio

El mandato en general, es un contrato por el cual una persona se obliga a administrar un negocio lícito que otra le encomienda. Los negocios ilícitos o contrarios a las buenas costumbres, no pueden ser objeto del mandato (artículo 198).

CONCORDANCIA TEMATICA: Código Civil de 19/10/1994 artículo 2051.

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