Artículo 107 del Código de Minería
Otorgada la concesión para explotar, la Dirección Nacional de Minería y Geología, previa notificación al peticionante le dará posesión de la mina, labrándose el acta respectiva.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
Otorgada la concesión para explotar, la Dirección Nacional de Minería y Geología, previa notificación al peticionante le dará posesión de la mina, labrándose el acta respectiva.
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