NormasCódigo CivilDe las obligacionesDe las obligaciones que nacen de los contratosDe la compraventaArtículo 1690 del Código CivilLa obligación de entregar la cosa comprende la de sus accesorios.Texto según IMPO.Ver en IMPOAnteriorArtículo 1689SiguienteArtículo 1691