Artículo 2141 del Código Civil
El subfiador, en caso de insolvencia del fiador por quien se obligó, queda responsable a los otros cofiadores en los mismos términos que lo estaba el fiador.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
El subfiador, en caso de insolvencia del fiador por quien se obligó, queda responsable a los otros cofiadores en los mismos términos que lo estaba el fiador.
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