Artículo 2142 del Código Civil
La obligación del fiador se extingue al mismo tiempo que la del deudor y por las mismas causas que las demás obligaciones. (Artículos 1513, 1523, 1539 y 1544).
Texto según IMPO.Ver en IMPO
La obligación del fiador se extingue al mismo tiempo que la del deudor y por las mismas causas que las demás obligaciones. (Artículos 1513, 1523, 1539 y 1544).
Texto según IMPO.Ver en IMPO