Artículo 1290 del Código de Comercio
Préstamo a la gruesa, o a riesgo marítimo, es un contrato por el cual una persona presta a otra cierta cantidad sobre objetos expuestos a riesgos marítimos, bajo la condición de que pereciendo esos objetos, pierda el dador la suma prestada, y llegando a buen puerto los objetos, devuelva el tomador la suma con un premio estipulado. El préstamo a la gruesa no puede tener por fin quitar a la tripulación o al tomador de dinero, todo interés en el éxito de la expedición, ni colocar al dador a merced del tomador del dinero.
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