Artículo 291 del Código General del Proceso
Irrecurribilidad.-
Contra la sentencia que recaiga sólo procederán los recursos previstos por el artículo 244.
Texto según IMPO.Ver en IMPO
Irrecurribilidad.-
Contra la sentencia que recaiga sólo procederán los recursos previstos por el artículo 244.
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