Artículo 32 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) 2012
El funcionario que comprometa cualquier erogación sin estar autorizado para ello será responsable de su pago, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieran corresponderle.
La comprobación de que se fraccionare el gasto artificialmente para que la operación encuadre en determinados límites será considerada falta grave a efectos de las sanciones que correspondan.
Fuente: ley 15.903 de 10/nov/987, artículo 478.
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