Artículo 50 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) 2012
Es obligatoria la publicaciµn en el sitio web de
compras y contrataciones estatales, por parte de las administraciones
pºblicas estatales, la convocatoria a todos los procedimientos
competitivos correspondientes a contrataciones de obras, bienes y
servicios, incluyendo la publicaciµn del pliego de condiciones
particulares, asÚ como sus posteriores modificaciones o aclaraciones;
esta obligaciµn tendrà el alcance establecido en el artÚculo 4¯ de la
Ley N¯ 15.869, de 22 de junio de 1987.
Todas las administraciones pºblicas estatales deberÃn dar publicidad
en el sitio web de compras y contrataciones estatales, al acto de
adjudicaciµn, declaraciµn de desierta o de rechazo de ofertas, a todos
sus procedimientos de contrataciµn de monto superior al 20% (veinte
por ciento) del lÚmite de su procedimiento de compra directa,
incluidos los realizados por mecanismos de excepciµn, asÚ como las
ampliaciones y los actos de reiteraciµn de gastos observados por el
Tribunal de Cuentas, en la forma que disponga la reglamentaciµn. Estos
organismos contarÃn para ello con un plazo de diez dÚas luego de
producido el acto que se informa.
La Agencia Reguladora de Compras Estatales facilitarà a las empresas
interesadas la informaciµn de las convocatorias en forma electrµnica y
en tiempo real.
Fuente: ley 18.834, de 4/ nov/ 011, artÚculo 31.
Consulte derogaciones, modificaciones e incidencias en la/s Norma/s
FUENTE: Ley N¤ 18.834 de 04/11/2011 artÚculo 31.
Redacciµn dada por: Ley N¤ 20.212 de 06/11/2023 artÚculo 58.
Ver vigencia: Ley N¤ 20.212 de 06/11/2023 artÚculo 2.
Inciso primero ver vigencia: Ley N¤ 19.355 de 19/12/2015 artÚculo 3.
Inciso 1¤) redacciµn dada anteriormente por: Ley N¤ 19.355 de 19/12/2015 artÚculo 29.
TEXTO ORIGINAL: Ley N¤ 19.355 de 19/12/2015 artÚculo 29, Decreto N¤ 150/012 de 11/05/2012 artÚculo 5.
Texto según IMPO.Ver en IMPO

