Artículo 50 del Texto Ordenado de Contabilidad y Administración Financiera (TOCAF) 2012

Es obligatoria la publicaciµn en el sitio web de

compras y contrataciones estatales, por parte de las administraciones

pºblicas estatales, la convocatoria a todos los procedimientos

competitivos correspondientes a contrataciones de obras, bienes y

servicios, incluyendo la publicaciµn del pliego de condiciones

particulares, asÚ como sus posteriores modificaciones o aclaraciones;

esta obligaciµn tendrà el alcance establecido en el artÚculo 4¯ de la

Ley N¯ 15.869, de 22 de junio de 1987.

Todas las administraciones pºblicas estatales deberÃn dar publicidad

en el sitio web de compras y contrataciones estatales, al acto de

adjudicaciµn, declaraciµn de desierta o de rechazo de ofertas, a todos

sus procedimientos de contrataciµn de monto superior al 20% (veinte

por ciento) del lÚmite de su procedimiento de compra directa,

incluidos los realizados por mecanismos de excepciµn, asÚ como las

ampliaciones y los actos de reiteraciµn de gastos observados por el

Tribunal de Cuentas, en la forma que disponga la reglamentaciµn. Estos

organismos contarÃn para ello con un plazo de diez dÚas luego de

producido el acto que se informa.

La Agencia Reguladora de Compras Estatales facilitarà a las empresas

interesadas la informaciµn de las convocatorias en forma electrµnica y

en tiempo real.

Fuente: ley 18.834, de 4/ nov/ 011, artÚculo 31.

Consulte derogaciones, modificaciones e incidencias en la/s Norma/s

FUENTE: Ley N¤ 18.834 de 04/11/2011 artÚculo 31.

Redacciµn dada por: Ley N¤ 20.212 de 06/11/2023 artÚculo 58.

Ver vigencia: Ley N¤ 20.212 de 06/11/2023 artÚculo 2.

Inciso primero ver vigencia: Ley N¤ 19.355 de 19/12/2015 artÚculo 3.

Inciso 1¤) redacciµn dada anteriormente por: Ley N¤ 19.355 de 19/12/2015 artÚculo 29.

TEXTO ORIGINAL: Ley N¤ 19.355 de 19/12/2015 artÚculo 29, Decreto N¤ 150/012 de 11/05/2012 artÚculo 5.

Texto según IMPO.Ver en IMPO