Artículo 143 del Texto Ordenado Asistencia Médica
Costo.-
El costo del examen será de cargo del solicitante, si la institución desea cobrarlo. Su valor no podrá superar en ningún caso el equivalente a dos cuotas mutuales de afiliación, suma que podrá ser paga en diez mensualidades iguales y consecutivas.
Fuente: Decreto No. 457/988 de 12 de julio de 1988, artículo 10ş.
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Texto según IMPO.

