Artículo 174 del Texto Ordenado Asistencia Médica
Reafiliación.-
Cuando la persona que solicita reafiliación a una I.A.M.C. por cualquier régimen, haya sido dada de baja del padrón de afiliados de la misma por morosidad, la Institución podrá exigirle la firma de un convenio de pago por la deuda generada.
Fuente: Decreto No. 457/988 de 12 de julio de 1988, artículo 41ş.
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Texto según IMPO.

