Artículo 158 del Texto Ordenado Asistencia Médica

Cobertura a las embarazadas.-

Si el examen médico previo de admisión estableciese que la solicitante de afiliación se encuentra en estado de gravidez, gozará desde el momento de su incorporación de todos los derechos asistenciales, excepto aquellas exclusiones que podrían derivarse de otra patología encontrada en el examen y no relacionada con su embarazo.

Fuente: Decreto No. 457/988 de 12 de julio de 1988, artículo 25ş.

Texto según IMPO.