Artículo 166 del Texto Ordenado Asistencia Médica
Extensión de cobertura.-
La mencionada cobertura se efectuará cuando el parto se realice tanto en dependencias propias como en contratadas por la I.A.M.C.
Fuente: Decreto No. 457/988 de 12 de julio de 1988, artículo 33ş.
None
Texto según IMPO.

