Artículo 230 del Código de Comercio
La obligación es condicional, cuando se contrae bajo condición. La condición es el suceso futuro e incierto, del cual se hace depender la fuerza jurídica de una obligación.
CONCORDANCIA TEMATICA: Código Civil de 19/10/1994 artículo 1407 incisos 1°) y 2°).
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