Artículo 196 del Texto Ordenado Asistencia Médica
Deber de respeto.-
El mťdico debe mantener con sus colegas y colaboradores un trato correcto y solidario, respetando los Šmbitos de actuaciůn y especializaciůn profesional de ťstos.
Cuando trabaja en equipo, debe efectuar la distribuciůn de tareas segķn la calificaciůn de cada integrante, impartiendo las instrucciones pertinentes y contando con la correspondencia cuidadosa de quienes integran el equipo.
Fuente: Decreto No. 258/992 de 9 de junio de 1992 artŪculo 11ļ.
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Texto según IMPO.

