Artículo 215 del Texto Ordenado Asistencia Médica

Ejercicio de los derechos.-

El paciente tiene derecho a conocer y hacer uso de sus derechos y si por alguna razůn no los conoce o necesita ayuda, el establecimiento de salud correspondiente tiene obligaciůn de prestarle ayuda.

Fuente: Decreto No. 258/992 de 9 de junio de 1992 artŪculo 30ļ.

Consulte derogaciones, modificaciones e incidencias en la/s Norma/s

FUENTE: Decreto Nļ 258/992 de 09/06/1992 artŪculo 30 .

Texto según IMPO.