Artículo 36 del Texto Ordenado Asistencia Médica
Direcciůn Tťcnica Responsable.-
Las instituciones de asistencia mťdica colectiva, ademŠs de los ůrganos de gobierno que les establezca el "Estatuto Tipo", deberŠn contar con un Director Tťcnico Mťdico como autoridad responsable ejecutiva en el plano tťcnico ante la instituciůn y ante el Ministerio de Salud Pķblica.
Las instituciones del tipo Asociaciones Asistenciales y Cooperativa de Profesionales, deberŠn contar ademŠs con un Consejo Tťcnico Asesor integrado por profesionales vinculados a la labor asistencial de las mismas.
Fuente: Decreto-ley No. 15.181 de 21 de agosto de 1981 artŪculo 10ļ.
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Texto según IMPO.

