Artículo 52 del Texto Ordenado Asistencia Médica

Recursos humanos, equipamiento y planta fŪsica.-

Para la realizaciůn de las acciones mencionadas en el artŪculo 48 de este texto, la Instituciůn dispondrŠ de los recursos humanos debidamente habilitados y/o calificados y de los equipos y plantas FŪsicas adecuadas, autorizadas por el Ministerio de Salud Pķblica y sujetos a su supervisiůn y control.

Fuente: Decreto No. 103/986 de 13 de febrero de 1986 artŪculo 6į.

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Texto según IMPO.